Salario de un cuidador de adultos mayores en Argentina 2026: sueldos, vacaciones y nueva ley laboral
| Aviso legal El contenido de este articulo tiene caracter meramente informativo y orientativo. PORTALGERIATRICO no es un estudio juridico ni brinda asesoramiento legal profesional. La informacion publicada refleja el estado de la normativa al momento de su redaccion y puede haber sido modificada con posterioridad por nuevas resoluciones, acuerdos salariales o cambios legislativos. Ante cualquier situacion laboral concreta, se recomienda consultar con un profesional del derecho laboral o con los organismos oficiales competentes (Ministerio de Trabajo, ARCA, UPACP). PORTALGERIATRICO no asume responsabilidad alguna por decisiones tomadas en base a la informacion aqui publicada. |
| Sobre PORTALGERIATRICO es la plataforma líder en cuidado del adulto mayor en Argentina desde 2001 — más de 25 años acompañando familias. Con más de 1.200 consultas diarias, es la fuente de referencia de América Latina en orientación geriátrica, cuidadores domiciliarios, residencias y legislación laboral del sector. |
Resumen
Todo lo que necesitás saber sobre el salario de un cuidador de adultos mayores en Argentina en 2026, cómo registrarlo correctamente y qué cambia con la nueva Ley 27.802:
- Categoría laboral: los cuidadores de adultos mayores pertenecen a la Categoría 4 del Régimen de Casas Particulares (Ley 26.844).
- Salario mínimo marzo 2026 con retiro: $3.599,86 por hora / $455.160,14 por mes mas un adicional.
- Salario mínimo marzo 2026 sin retiro: $4.012,14 por hora / $505.578,34 por mes. mas un adicional
- Nueva Ley 27.802: cambia el período de prueba a 6 meses, elimina multas y permite blanquear deudas pasadas.
- Registro obligatorio: el cuidador debe estar en blanco desde el primer día, con ART y obra social.
- Vacaciones: entre 14 y 35 días según la antigüedad.
¿Qué régimen laboral regula a los cuidadores de adultos mayores?
El trabajo de cuidado de personas en Argentina se encuadra dentro del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, regulado por la Ley 26.844. Dentro de este régimen, los cuidadores de adultos mayores se ubican en la Categoría 4: Asistencia y cuidado de personas, que comprende la asistencia y el cuidado no terapéutico de personas enfermas, con discapacidad, niños, niñas, adolescentes y adultos mayores.
Es importante destacar que la gran mayoría de quienes realizan este trabajo en Argentina son mujeres, y que en 2026 este régimen fue modificado por la nueva Ley 27.802, que introdujo cambios relevantes que afectan tanto a cuidadores como a los empleadores que los contratan. Si todavía estás evaluando distintas opciones de cuidado en casa, PORTALGERIATRICO tiene una guía completa para ayudarte a decidir.
Categorías salariales del Régimen de Casas Particulares
El régimen establece cinco categorías según el tipo de tareas realizadas. Cada categoría tiene una remuneración mínima diferente, tanto para la modalidad con retiro como sin retiro:
| Categoría | Rol | Descripción |
|---|---|---|
| Categoría 1 | Supervisor/a | Coordina y controla tareas de 2 o más personas a cargo |
| Categoría 2 | Tareas específicas | Cocineros/as contratados exclusivamente y tareas con idoneidad especial |
| Categoría 3 | Caseros/as | Cuidado general y preservación de vivienda donde habita el personal |
| Categoría 4 | Cuidado de personas | Asistencia y cuidado no terapéutico de personas: enfermas, discapacitadas, niños, adultos mayores |
| Categoría 5 | Tareas generales | Limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, cocina y tareas generales del hogar |
Los cuidadores de adultos mayores se encuadran siempre en la Categoría 4, independientemente de si realizan también tareas de limpieza o cocina, dado que el cuidado de la persona es la tarea principal.
Con retiro y sin retiro: ¿cuál es la diferencia?
La modalidad de contratación define el salario mínimo que corresponde:
- Con retiro: el cuidador se retira al finalizar su jornada y no pernocta en el domicilio del empleador. Es la modalidad más frecuente en cuidados diurnos o por horas.
- Sin retiro: el cuidador vive en el domicilio donde trabaja. Es habitual en cuidados de adultos mayores con dependencia elevada que requieren atención nocturna. El salario mínimo es mayor porque implica disponibilidad permanente.
¿Cuánto cobra un cuidador de adultos mayores en 2026?
Salarios mínimos a partir de marzo de 2026
Según los acuerdos de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (UPACP), publicados en el Boletín Oficial – Resolución 2/2026, los salarios mínimos vigentes a partir del 1° de marzo de 2026 son:
| Modalidad | Tipo | Salario mínimo (marzo 2026) |
|---|---|---|
| Con retiro | Por hora | $3.599,86 |
| Con retiro | Mensual | $455.160,14 |
| Sin retiro | Por hora | $4.012,14 |
| Sin retiro | Mensual | $505.578,34 |
Importante: estos valores son los mínimos legales. El salario de mercado para cuidadores de adultos mayores suele ser más elevado, especialmente en el Área Metropolitana de Buenos Aires y para cuidados de alta complejidad o jornada nocturna.
Salarios en febrero de 2026
En febrero de 2026 los salarios estuvieron vigentes hasta el 28 de febrero, con un aumento del 1,5% respecto a enero:
- Con retiro por hora: $3.546,66
- Con retiro mensual: $448.433,64
- Sin retiro por hora: $3.952,85
- Sin retiro mensual: $498.106,74
Suma no remunerativa de febrero y marzo 2026
Además del aumento salarial del 1,5%, la Resolución 2/2026 de la CNTCP estableció el pago de una suma fija no remunerativa a cargo del empleador, que se abona junto con el sueldo de febrero y se vuelve a abonar junto con el sueldo de marzo. Es decir: el empleador la paga dos veces en total, una por mes.
El monto depende exclusivamente de la cantidad de horas semanales que trabaja el cuidador, independientemente de la categoría o la modalidad con/sin retiro:
| Horas semanales trabajadas | Suma feb. 2026 | Suma mar. 2026 | Total a cobrar |
|---|---|---|---|
| Menos de 12 horas semanales | $8.000 | $8.000 | $16.000 |
| Entre 12 y menos de 16 horas semanales | $11.500 | $11.500 | $23.000 |
| 16 horas semanales o más / sin retiro | $20.000 | $20.000 | $40.000 |
| Puntos clave sobre esta suma no remunerativa -Es obligatoria para todos los empleadores alcanzados por el Régimen de Casas Particulares.- Se paga DOS veces: con el sueldo de febrero y con el sueldo de marzo de 2026.- No genera aportes ni contribuciones (no descuenta jubilación ni obra social).- No se computa para aguinaldo, vacaciones ni antigüedad.- El monto es el mismo en febrero y en marzo.- Personal sin retiro siempre cobra $20.000, sin importar las horas. |
Vacaciones de un cuidador de adultos mayores: ¿cuántos días corresponden?
Los cuidadores de adultos mayores tienen derecho a un período de vacaciones pagas que varía según su antigüedad en el empleo:
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- Hasta 5 años de antigüedad: 14 días corridos.
- De 5 a 10 años: 21 días corridos.
- De 10 a 20 años: 28 días corridos.
- Más de 20 años: 35 días corridos.
Para tener derecho al período completo de vacaciones, el cuidador debe haber trabajado al menos 200 días en el año. Si trabajó menos días, tiene derecho a un día de vacaciones por cada 20 días trabajados.
| Recordá Las vacaciones deben tomarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril. El empleador no puede reemplazar el goce de vacaciones por un pago en dinero (salvo al momento de la liquidación final si la relación termina antes de que puedan gozarse). |
Aguinaldo (SAC) de un cuidador de adultos mayores
Los cuidadores de adultos mayores tienen derecho al Sueldo Anual Complementario (SAC), que equivale a la mitad del mejor salario mensual percibido durante el semestre. Se abona en dos cuotas:
- Primera cuota: antes del 30 de junio.
- Segunda cuota: antes del 31 de diciembre.
Si la relación laboral termina antes de alguna de estas fechas, corresponde el pago del SAC proporcional al tiempo trabajado en el semestre.
¿Qué tareas realiza un cuidador de adultos mayores?
Las tareas más frecuentes incluyen. Tené en cuenta que si el adulto mayor requiere atención médica especializada, puede ser necesario complementar con una enfermera a domicilio o un acompañante terapéutico:
- Asistencia con la higiene personal: aseo, baño, cambio de pañales.
- Administración de medicación y seguimiento de indicaciones médicas básicas.
- Compañía, estimulación cognitiva y actividades de ocio (lectura, juegos, charla).
- Preparación de comidas y asistencia para alimentarse cuando es necesario.
- Acompañamiento a consultas médicas, trámites y paseos.
- Monitoreo del estado de salud y actuación ante emergencias.
Beneficios de contar con un cuidador en el hogar
Contar con un cuidador domiciliario para un adulto mayor tiene ventajas concretas frente a otras opciones. Si querés comparar antes de decidir, leé nuestra guía sobre consejos para contratar un profesional y también sobre los centros de día como alternativa complementaria:
- Comodidad del hogar: la persona mayor continúa en su entorno conocido, con sus objetos y rutinas, lo que reduce el estrés y mejora su bienestar emocional.
- Cuidado personalizado: la atención está completamente adaptada a las necesidades específicas del adulto mayor.
- Supervisión de medicación: garantiza la toma correcta de medicamentos en los horarios indicados.
- Apoyo ante emergencias: el cuidador puede asistir a la persona mayor antes de que lleguen los servicios de emergencia.
- Mejora del estado de ánimo: la compañía sostenida reduce la depresión y el aislamiento en personas mayores.
- Calidad de vida familiar: permite que los familiares descansen y atiendan sus propias necesidades, sabiendo que su ser querido está bien cuidado.
Nueva Ley 27.802: qué cambia para los cuidadores de adultos mayores y sus empleadores
En 2026, la sanción de la Ley 27.802 modificó varias reglas del Régimen de Casas Particulares que se aplican directamente a quienes contratan cuidadores de adultos mayores. Estos cambios ya están vigentes para todos los contratos, incluyendo los que comenzaron antes de la reforma.
| Tema | Antes | Ahora |
|---|---|---|
| Período de prueba | 15 o 30 días según modalidad | 6 meses unificado para todos |
| Multa por no registro (Art. 50) | Indemnización duplicada | Eliminada |
| Blanqueo de deudas pasadas | Sin beneficio | Multas perdonadas + hasta 5 años de aportes |
| Multa por falta de certificado | 3 sueldos | Eliminada |
| Recibos de sueldo | Papel | Digitales (ARCA) |
| Prueba de pago | Solo recibo firmado | Comprobante bancario válido |
El período de prueba se extiende a 6 meses
Antes, el período de prueba era de 30 días para el personal sin retiro y 15 días para el personal con retiro. Con la nueva ley, ambos casos tienen un período de prueba único de 6 meses, durante el cual cualquiera de las partes puede terminar la relación sin pagar indemnización por despido.
Importante: esto no habilita a no registrar al cuidador. Desde el primer día debe estar en blanco, con ART y aportes. Conocé todos los detalles en nuestro artículo: Ley 27.802 – Todo lo que cambia para el personal doméstico.
Blanqueo: registrar a un cuidador no registrado ya no implica pagar todo lo atrasado
Uno de los mayores frenos para registrar a un cuidador era el miedo a las multas y los aportes atrasados. La Ley 27.802 incluye un régimen de blanqueo que permite perdonar esas deudas del pasado para los empleadores que regularicen hoy.
El beneficio es doble: el empleador accede al perdón de deudas y el cuidador obtiene el reconocimiento de hasta 5 años de aportes jubilatorios. Más información: Ley 27.802 – Blanqueo de deudas laborales.
¿Por qué registrar a un cuidador sigue siendo imprescindible?
Aunque la multa doble fue eliminada, hay razones sólidas para mantener al cuidador registrado en blanco. Podés hacerlo directamente en el portal de Casas Particulares de ARCA (ex AFIP), o seguir el paso a paso oficial en Argentina.gob.ar.
- Para el cuidador: tiene obra social, aportes jubilatorios, ART y derechos laborales plenos (vacaciones pagas, aguinaldo, indemnización).
- Para el empleador: si el cuidador sufre un accidente en el domicilio sin estar registrado, la responsabilidad económica y legal recae completamente sobre la familia empleadora. Con ART, esos costos están cubiertos.
- Para el adulto mayor: un cuidador registrado tiene mayor estabilidad y acceso a capacitación, lo que impacta positivamente en la calidad del cuidado.
Preguntas frecuentes para familias que contratan cuidadores
1. ¿Cuánto tengo que pagarle a un cuidador de adultos mayores en 2026?
El mínimo legal a partir de marzo de 2026 es de $455.160,14 por mes con retiro o $505.578,34 sin retiro. En muchos casos el salario de mercado es superior, especialmente para cuidados nocturnos o de alta complejidad. A eso se suman aportes y contribuciones (jubilación, obra social, ART). Antes de contratar, leé nuestros consejos para elegir al profesional adecuado.
2. ¿Es obligatorio registrar al cuidador desde el primer día?
Sí. El nuevo período de prueba de 6 meses no elimina la obligación de registrar. El cuidador debe estar en blanco desde el primer día, con aportes jubilatorios y ART. Podés hacerlo directamente en el portal de Casas Particulares de ARCA o seguir el paso a paso en Argentina.gob.ar. Si no está registrado y ocurre un accidente, el empleador responde con su patrimonio personal.
3. Tengo a un cuidador trabajando sin registrar hace años. ¿Qué puedo hacer?
La Ley 27.802 incluye un régimen de blanqueo que permite regularizar sin tener que pagar todas las multas y aportes atrasados. Es el mejor momento para hacerlo. El cuidador también se beneficia porque se le reconocen hasta 5 años de aportes jubilatorios. Consultá los detalles en: Ley 27.802 – Todo lo que cambia.
4. ¿Cuántos días de vacaciones le corresponden al cuidador?
Depende de la antigüedad: 14 días hasta los 5 años, 21 días entre 5 y 10 años, 28 días entre 10 y 20 años, y 35 días con más de 20 años. Las vacaciones deben tomarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril.
5. ¿Puedo pagar el sueldo por transferencia bancaria?
Sí, y con la nueva Ley 27.802 el comprobante de la transferencia bancaria tiene valor legal como prueba de pago. De todas formas, el empleador debe emitir el recibo de sueldo correspondiente, que ahora puede ser digital a través del portal ARCA (ex AFIP).
6. ¿Qué pasa si termino la relación laboral con el cuidador durante los primeros 6 meses?
Durante el período de prueba podés terminar la relación sin pagar indemnización por despido, pero sí debés abonar los sueldos correspondientes, el SAC proporcional y las vacaciones proporcionales al tiempo trabajado.
7. ¿Cuánto se paga por guardia nocturna o trabajo en fin de semana?
El Régimen de Casas Particulares no establece una tarifa diferenciada automática para guardias nocturnas o fines de semana como sí lo hace la Ley de Contrato de Trabajo general. Sin embargo, es práctica habitual y razonable acordar un adicional por esos horarios. El mercado reconoce un incremento de entre el 20% y el 50% sobre el valor hora para guardias nocturnas (generalmente de 20 a 8 hs) y trabajo en sábados, domingos o feriados. Este acuerdo debe quedar por escrito o al menos documentado en los recibos de sueldo.
8. ¿Cómo se pagan las horas extra?
Dentro del Régimen de Casas Particulares, las horas trabajadas por encima de la jornada máxima legal (8 horas diarias o 48 semanales para personal con retiro) deben abonarse con un recargo. Las primeras 9 horas extra tienen un recargo del 50% sobre el valor hora, y las que superen ese límite o se trabajen en días feriados tienen un recargo del 100%. Si el cuidador trabaja modalidad sin retiro con presencia permanente, la jornada se computa de forma diferente y conviene consultarlo específicamente con un asesor laboral.
9. ¿Qué diferencia hay entre un cuidador de adultos mayores y una enfermera domiciliaria?
La diferencia principal es la formación y el tipo de tareas. Un cuidador de adultos mayores (Categoría 4 del régimen) realiza asistencia no terapéutica: higiene personal, compañía, administración de medicación bajo indicación médica, preparación de comidas y acompañamiento. Una enfermera a domicilio tiene título habilitante (Licenciada en Enfermería o Enfermera Profesional) y puede realizar procedimientos clínicos: curaciones, sondas, inyecciones, control de signos vitales y manejo de equipos médicos. Para adultos mayores con dependencia leve a moderada, un cuidador suele ser suficiente. Para personas con patologías complejas, internación domiciliaria o post-operatorios, se requiere enfermería titulada.
Preguntas generales sobre el cuidado del adulto mayor en casa
1. ¿Cuándo conviene contratar un cuidador en casa vs. una residencia geriátrica?
La decisión depende del nivel de dependencia del adulto mayor, la dinámica familiar y los recursos disponibles. Un cuidador en casa es la mejor opción cuando la persona mayor tiene movilidad parcial, puede comunicarse y valora fuertemente continuar en su entorno. Una residencia geriátrica puede ser más adecuada cuando el nivel de dependencia es muy alto, cuando la familia no puede supervisar el cuidado domiciliario o cuando el adulto mayor necesita estimulación social constante.
Los costos también importan: un cuidador sin retiro puede representar un gasto similar o mayor a una residencia, dependiendo del nivel de atención requerido. Podés comparar los precios actualizados de geriátricos en GBA y CABA y también solicitar orientación personalizada y gratuita con el equipo de PORTALGERIATRICO para evaluar cuál es la mejor opción para tu familia.
2. ¿Cómo encuentro un cuidador de adultos mayores confiable en Argentina?
La forma más segura es utilizar plataformas especializadas que verifiquen los perfiles de los profesionales. PORTALGERIATRICO tiene la bolsa de trabajo de cuidadores y enfermeras más grande de Argentina, con perfiles de profesionales en CABA y Gran Buenos Aires. Podés filtrar por zona, disponibilidad y tipo de cuidado que necesitás.
Antes de contratar, leé nuestra guía de consejos para contratar al profesional adecuado, que incluye qué preguntar en la entrevista, qué documentación pedir y cómo verificar referencias. Una vez que elijas a la persona, no olvides registrarla desde el primer día — es obligatorio y te protege a vos también.
Preguntas frecuentes para cuidadores de adultos mayores
1. ¿En qué categoría laboral me encuentro como cuidador de adultos mayores?
En la Categoría 4 del Régimen de Casas Particulares: Asistencia y cuidado de personas. Esta categoría aplica aunque también realices otras tareas en el hogar, siempre que el cuidado de la persona sea tu tarea principal. Si estás buscando trabajo, podés crear tu perfil en la bolsa de trabajo de PORTALGERIATRICO.
2. ¿Cuál es el salario mínimo que me tienen que pagar?
A partir de marzo de 2026: $3.599,86 por hora y $455.160,14 por mes si trabajás con retiro. Si dormís en el lugar de trabajo (sin retiro): $4.012,14 por hora y $505.578,34 por mes. En muchos casos el salario real de mercado es más alto.
3. ¿Qué derechos tengo si no estoy registrado/a?
Aunque no estés registrado/a, seguís teniendo todos los derechos laborales: podés reclamar los aportes que no se hicieron, la indemnización que correspondería y las vacaciones no gozadas. La Ley 27.802 eliminó la multa doble al empleador, pero no eliminó tus derechos como trabajador/a.
4. ¿Cómo puedo verificar si estoy registrado/a correctamente?
Ingresando al portal de ARCA (ex AFIP) con tu CUIL, o consultando en ANSES si tenés aportes registrados a tu nombre. Si el empleador te paga pero no aparecen aportes en ANSES, no estás registrado/a y tenés derecho a reclamarlo.
5. ¿Qué cubre la ART en caso de accidente?
Si estás registrado/a, la ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo) cubre los gastos médicos, la rehabilitación y, en caso de incapacidad, una compensación económica. Si no estás registrado/a y sufrís un accidente en el trabajo, no tenés esta cobertura.
6. ¿Qué hago si mi empleador no me quiere registrar?
Podés realizar una consulta o denuncia en el SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria), en el Ministerio de Trabajo de tu provincia, o directamente en ARCA (ex AFIP). También podés contactar al sindicato del sector: UPACP – Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares.
¿Necesitás encontrar un cuidador de adultos mayores confiable?
PORTALGERIATRICO cuenta con la bolsa de trabajo de cuidadores y enfermeras más grande de Argentina, con perfiles verificados de profesionales en CABA y Gran Buenos Aires. Podés publicar tu búsqueda o explorar candidatos disponibles de forma gratuita.
Si en cambio estás evaluando si una residencia geriátrica es la mejor opción para tu familiar, podés usar nuestro buscador gratuito de residencias y geriátricos, consultar los precios actualizados de geriátricos en GBA y CABA, o pedir orientación personalizada y gratuita con nuestro equipo.
Para organizarte mejor en el día a día del cuidado, te recomendamos también nuestra guía: 12 puntos clave para cuidar a un adulto mayor en casa.
Para conocer todos los cambios que introdujo la nueva ley en el régimen doméstico, incluyendo el blanqueo de deudas y la eliminación de multas, leé nuestro artículo completo: Ley 27.802 – Todo lo que cambia para las empleadas domésticas y sus empleadores en Argentina.
Contratar a un cuidador de adultos mayores de forma registrada no es solo una obligación legal: es la mejor forma de garantizar la tranquilidad de la familia empleadora, la protección del cuidador y la calidad del cuidado que recibe el adulto mayor.
| Aviso legal El contenido de este articulo tiene caracter meramente informativo y orientativo. PORTALGERIATRICO no es un estudio juridico ni brinda asesoramiento legal profesional. La informacion publicada refleja el estado de la normativa al momento de su redaccion y puede haber sido modificada con posterioridad por nuevas resoluciones, acuerdos salariales o cambios legislativos. Ante cualquier situacion laboral concreta, se recomienda consultar con un profesional del derecho laboral o con los organismos oficiales competentes (Ministerio de Trabajo, ARCA, UPACP). PORTALGERIATRICO no asume responsabilidad alguna por decisiones tomadas en base a la informacion aqui publicada. |
Otras preguntas generales (más en detalle)
¿A partir de cuántas horas se cobra por mes y cuándo se cobra por hora?
Según la normativa establecida en la Ley N° 26.844 (para empleados formales del servicio doméstico), el que trabaje 24 o más horas semanales para un mismo empleador, debe percibir su salario considerando el importe establecido de forma “mensual”, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas. Para los que trabajen menos de 24 horas semanales por mes deben recibir el salario por “hora”.

¿Por qué puede cobrarse más en ciertos casos por cuidar ancianos?
Algunos ejemplos:
Las particularidades de la persona mayor
Hay casos en los que cuidar a una persona mayor puede ser fácil, y otros en los que se necesita mucho más esfuerzo y dedicación, ya sea por la personalidad o una enfermedad. Cuando una persona mayor requiere más trabajo, el cuidador puede ser mejor retribuido.
La formación y la experiencia
Si la persona posee experiencia comprobable en cuidar adultos mayores, y/o realizó varios cursos de primeros auxilios y de temas gerontológicos, puede recibir una mayor remuneración.
Las referencias
Las referencias de empleos anteriores son esenciales por la confianza que generan. Una persona puede ser mejor remunerada por contar con varios empleadores satisfechos.
¿Se deben pagar los viáticos además del salario?
La reglamentación no establece nada al respecto, pero si el empleador desea abonar los viáticos, puede hacerlo. En ese caso, tiene que registrar el pago en el recibo de sueldo, ya que formará parte de la remuneración ordinaria.
Horas extras
Cuando el trabajador preste servicios en horas suplementarias, es decir, cuando supere la jornada legal, que no puede ser superior a las 9 horas diarias ni a las 48 horas semanales, la remuneración tendrá un recargo del 50% por cada hora en días comunes y del 100% en días sábados después de las 13 hs. y en días domingo y feriados nacionales.
Feriados
Los feriados puede suceder que:
- No se trabaje y se paguen las horas como si se hubiere prestado el servicio.
- Sí se trabaje y se paguen las horas como extras con un recargo del 100%.
Dias no laborables
Si es un día NO LABORABLE entonces queda a criterio del empleador si se trabaja o no. Si no se trabaja, no se cobra, y si se trabaja se cobra hora normal.
Aguinaldo
El Sueldo Anual Complementario se divide en dos pagos: un medio aguinaldo en junio y otro en diciembre.
Cada medio aguinaldo corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por la trabajadora dentro de cada uno de los semestres.
La primera cuota se paga en la última jornada laboral del mes de junio y la segunda cuota en la última jornada laboral de diciembre.
Si durante el semestre la trabajadora no trabajó todos los meses (ya sea porque empezó a trabajar recientemente o porque se extinguió el contrato) hay que pagarle el proporcional a los meses trabajados.
El cálculo del aguinaldo
Se aplica la siguiente fórmula: (el salario / 12) x los meses trabajados.
Ejemplo 1: el trabajador empezó a trabajar en marzo de 2023. Su salario es de $480.000,00. El medio aguinaldo que se abona en junio corresponde a (480.000,00/12) x 4. El valor del aguinaldo es $160.000,00.
Ejemplo 2: el trabajador empezó a trabajar hace seis años. El mejor salario del primer semestre de 2024 equivale a $400.000. El medio aguinaldo que se abona en junio corresponde a (400.000/12) x 6. El valor del aguinaldo es $200.000.
Antigüedad
Las empleadoras y los empleadores deberán abonar un adicional del 1% por año sobre los salarios mensuales para el personal doméstico. Esta liquidación es generalizada y abarca a todas las relaciones laborales vigentes. El concepto estará incluido como un nuevo ítem en los recibos de sueldo para facilitar su identificación.
Se deberá calcular el 1% por cada año trabajado y consignarlo en el ítem “Antigüedad”. El sistema emitirá el recibo final con todos los conceptos declarados.
A los fines del cálculo, se deberá considerar la antigüedad desde el día del mes en el cual se paga y se calculará sin efecto retroactivo.
Como dar de alta un empleado/cuidador que trabaja en el domicilio:
En la pagina oficial está la información de cómo registrar al personal doméstico
Fuentes:
Vacaciones para cuidadores de adultos mayores
Vacaciones (licencia ordinaria) para cuidadores – los cálculos
Para calcular la duración de las vacaciones para cuidadores de adultos mayores, se calcula la antigüedad que tenga en el empleo al 31 de diciembre del año al que correspondan. Para tener derecho a un día de descanso por cada 20 días de trabajo deberá haber prestado servicios durante 6 meses.
- se abona cuando comienzan las vacaciones.
- son calculadas dependiendo de la antigüedad, la retribución equivale al monto que hubiera tenido que cobrar si hubiera trabajado normalmente.
Vacaciones de cuidadores – cantidad de días
En general hay que calcular la antiguedad desde el inicio de la relación laboral hasta final de año. En otras palabras si la persona empezó a trabajar el 20/10/2019 y estamos en enero del 2024 serían ya más de 5 años pues se cuenta hasta el 31/12/2024 (o sea final de años al que correspondan). En este caso el cuidador tendría mas de 5 años y menos de 10 como antiguedad y le corresponden 3 semanas de vacaciones (21 dias) (ver abajo).
Días de vacaciones dependiendo de la antigüedad
los cuidadores tienen derecho de 14 días corridos (2 semanas al año) hasta completar los 5 años de antiguedad en el empleo actual
los cuidadores de adultos mayores que tengan más de 5 años y que no hayan cumplido los 10 años de antiguedad en un puesto que trabaja actualmente pueden gozar de 21 días corridos (3 semanas al año).
los cuidadores de adultos mayores que tengan más de 10 años y que no hayan cumplido aún los 20 años de antiguedad en el puesto de trabajo actual pueden gozar de 28 días corridos (4 semanas al año)
una vez que el cuidador de adultos mayores supere 20 años de antigüedad en el trabajo actual comienza a tener derecho de contar con 35 días corridos (7 semanas al año)
Días de vacaciones si la antiguedad es inferior a 6 meses
Si el cuidador con retiro no llega a totalizar los seis meses de trabajo, gozará de un descanso anual remunerado, que no debe ser inferior a la siguiente proporción:
| SEMANAS DE TRABAJO | DÍAS CORRIDOS |
|---|---|
| Entre 4 y 7 | 1 |
| Entre 8 y 11 | 2 |
| Entre 12 y 15 | 3 |
| Entre 16 y 19 | 4 |
| Más de 20 | 5 |
Cuando se toman las vacaciones
Las vacaciones se tienen que otorgar dentro del período que comienza el primer día de noviembre del año por el que se toma las vacaciones (a partir del primer lunes o del primer día semanal de trabajo habitual) y finaliza el 30 de marzo siguiente.
El cuidador puede pedir que se fraccionen los días que le correspondan para usarlos en otras épocas del año.
El empleador debe garantizar un período continuo de licencia de no menos de 2/3 del que corresponde según la antigüedad del cuidador del adulto mayor.
Las vacaciones deberán ser abonadas antes de su inicio.
Otros aspectos a considerar en la relación laboral
Plazo, lugar y forma de pago de las remuneraciones
Las remuneraciones deberán ser pagas en días hábiles, en el lugar de trabajo y durante las horas de prestación de servicios. Se debería efectuar en dinero en efectivo y, si esto no es posible por alguna disposición legal contraria, el pago se realizará mediante cheque a la orden de la trabajadora o trabajador y/o por depósito bancario sin costo alguno para el personal.
Se debe abonar pagar dentro de los siguientes plazos:
- Para el personal mensualizado: dentro del cuarto día hábil del vencimiento de cada mes calendario.
- Para el personal remunerado a jornal o por hora: al finalizar cada jornada o cada semana según fuera convenido.
Los requisitos que deben estar en los recibos del pago de salarios?
El recibo debe ser confeccionado en doble y el empleador debe entregar uno de ellos, con su firma, a la trabajadora.
El recibo de sueldo deberá contener:
- Nombres y apellido del empleador, su domicilio y su identificación tributaria
- Nombres y apellido del personal dependiente y su calificación profesional
- Todo tipo de remuneración que perciba, con indicación sustancial del modo para su determinación
- Total bruto de la remuneración básica y de los demás componentes remuneratorios. En los trabajos remunerados a jornal o por hora, el número de jornadas u horas trabajadas y el lapso al que corresponden, con expresión también del monto global abonado.
- Detalle e importe de las retenciones que legal o convencionalmente correspondan.
- Importe neto percibido, expresado en números y letras.
- Constancia de la recepción de un ejemplar del recibo por el personal dependiente.
- Fecha de ingreso, tarea cumplida o categoría en que efectivamente se desempeñó durante el período de pago.
- Lugar y fecha del pago real y efectivo de la remuneración a la empleada.
Información oficial para cuidadores y empleadores
Para los cuidadores de adultos mayores en casas particulares el gobierno creó un acceso en el cual tiene toda la información a la vista: acceso para cuidadores de adultos mayores en argentina.gob.ar
Para los empleadores de cuidadores también hay un acceso en el cual se puede conferir las obligaciones y los derechos: acceso para el empleador de cuidadores de adultos mayores en argentina.gob.ar
Licencia de maternidad
Licencia por maternidad
En el caso de estar embarazada una cuidadora la ley dice que tiene derecho a una licencia de 90 días, que podrá ser dividida por ejemplo:
- Mínimo 30 dias corridos anteriores al parto: Podrían ser 45 días corridos anteriores al parto y hasta 45 días corridos después del mismo.
- También es posible de optar para reduzir la licencia antes del parto (minimo 30 días corridos); el restante de los días se acumula para el período de descanso posterior al nacimiento.
La empleada deberá comunicarte el embarazo con presentación de certificado médico en el que conste la fecha presunta del parto.
Durante la licencia conserva el empleo. El empleador, solo debe abonar el primer período; luego la cuidadora gozará de la asignación por maternidad que le otorgará ANSES. La misma le garantizará una suma igual a la retribución que corresponda al período de licencia.
Día del Personal de Casas Particulares – 3 de Abril es no laborable
A través de la Resolución N° 3/2015, se fijó el día 3 de Abril de cada año como “Día del Personal de Casas Particulares”. Este día es considerado no laborable, sin pérdida de la remuneración. En caso de prestar tareas en dicho día festivo, su remuneración se incrementa con un recargo equivalente al 100% del salario diario.
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Nueva ley laboral 27.802: Todo lo que cambia para las empleadas domésticas y sus empleadores en Argentina
Conocé todos los cambios de la nueva ley laboral para el trabajo en casas particulares: período de prueba, indemnizaciones, blanqueo de deudas, recibos digitales y más.
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Envejecimiento y capacidades cognitivas: hábitos y estrategias para una mente más fuerte
Las capacidades cognitivas son la base de nuestra autonomía y bienestar. Cuidarlas con buenos hábitos y herramientas adecuadas permite fortalecer la mente, mantener la claridad y disfrutar una vida más plena y activa.
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Adultos mayores y manejo del dinero: cómo acompañar sin perder la armonía familiar
Acompañar a nuestros padres en los cambios que trae la vejez no tiene por qué convertirse en un conflicto. Comprender sus desafíos con el dinero y actuar desde el respeto y la empatía puede transformar tensiones en oportunidades para fortalecer los vínculos familiares.
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Cómo Acompañar el Envejecimiento de los Padres: Guía Práctica para Familias
Acompañar el envejecimiento de nuestros padres es un desafío que también abre puertas al crecimiento, al diálogo y a la conexión profunda. Cuidarlos con respeto y amor nos transforma y fortalece los vínculos más importantes de la vida.
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La Atención Integral Centrada en la persona (AICP) en el ámbito del cuidado a personas mayores
La Atención Integral Centrada en la Persona (AICP) es un enfoque que coloca en el centro del cuidado el respeto por la individualidad, los deseos y las necesidades de cada individuo. Su propósito es promover una atención personalizada y digna que reconozca a la persona como protagonista de su propio proceso de cuidado, incluso en […]
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Comprender las conductas irracionales en los mayores te permite acompañarlos con más calma, empatía y seguridad.
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Abuelos y nietos: cómo fortalecer el vínculo que enriquece a las generaciones
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Reemplazo de caderas en personas mayores
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