CABA: Protocolo para realizar visitas en Residencias Geriatricas

En Julio se actualizó el protocolo para visitar las residencias geriátricas en CABA permitiendo inclusive la salida recreativa de la residencia para personas mayores vacunadas.

Tabla de contenidos

“Le damos mucha importancia al cuidado de los adultos mayores, lo venimos diciendo desde el primer día. Aquellos que viven en geriátricos hace más de seis meses que no ven a sus hijos y a sus nietos”, destacó el jefe de Gobierno Horacio Rodriguez Larreta.

Además, dijo que la medida era una de las más esperadas ya que se relaciona estrechamente con el “bienestar emocional” de los residentes de los geriátricos.

Protocolo del 13/10/2020 (ultima actualización Julio 2021)

Este protocolo se encuentra en revisión permanente en función de la evolución y nueva información que se disponga de la pandemia en curso

En la ultima actualización se permite ahora que dos personas puedan visitar al residente y, entre otro; que esta visita sea mas larga para personas vacunadas.
Además son facilitadas las salidas de las personas mayores

A continuación, presentamos el protocolo de visitas.


Objetivo

El objetivo del presente protocolo es permitir el restablecimiento de los vínculos de los adultos mayores que residen en residencias geriátricas a través de visitas programadas dentro de la Institución en espacios adaptados a tal fin, estos espacios pueden ser cerrados o abiertos, como por ejemplo jardines y /o patios si la Institución de acuerdo a la estructura edilicia de la Institución.

visitas

Alcance

El presente protocolo es de aplicación en todas las Residencias de Adultos Mayores con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


Responsabilidades de la Residencia

  • La Residencia de adultos mayores para poder poner en ejecución el presente protocolo debe poseer 14 días sin casos confirmados de COVID-19 (en residentes y/o personal).
  • En caso de que aparezcan sospechas o casos confirmados de COVID-19, se suspenderán las visitas en el marco del presente protocolo hasta culminar el brote activo en forma inmediata, independientemente que ya se encuentren programadas o no.
  • El incumplimiento en la suspensión de visitas cuando se detecte un nuevo caso sospechoso o confirmado de COVID-19 será considerado una falta grave.
  • La residencia para ejecutar el presente protocolo no deberá contar con intimaciones o sanciones por incumplimientos en relación al protocolo de prevención y manejo de casos COVID 19 sin regularizar.
  • La Residencia deberá contar con un espacio acotado y delimitado para el ingreso de la visita que, según las condiciones edilicias y posibilidades de cada residencia, se deberá asegurar el correcto aislamiento respecto al resto de la institución y ser acondicionado con todos los elementos de bioseguridad, no debiendo los ingresantes tener contacto con otras personas que no sean el adulto mayor que va a visitar y la persona designada para el acompañamiento de la visita.
  • El espacio de las visitas deberá acondicionarse con elementos de plástico para
    facilitar la desinfección, entiéndase mesas, sillas, y cualquier otro elemento que
    pudieran utilizar.
  • En caso que la Residencia no contará con una habitación disponible para convertirla en espacio de visita, este espacio podrá armarse dentro de la residencia en una sala destinada a otros fines, pero deberá acondicionarse de manera que esté dividido por un vidrio, acrílico o plástico transparente que pueda ser higienizado regularmente, y siempre el espacio de visitas debe contar con posibilidad de ventilación externa sin excepción, para el caso de no tener disponible un espacio abierto, el cual podrá utilizarse cuando el clima lo permita.
  • Las residencias deberán contar con autorización emanada por la Unidad Ejecutora
    de Registro y Establecimientos Geriátricos en su carácter de autoridad sanitaria, la
    que se concederá a pedido expreso de cada Institución.
  • La residencia deberá llevar un registro de las visitas. (LIBRO FOLIADO), donde conste: Copia de la autorización dada por la autoridad sanitaria; Fecha y hora en la que se realiza la visita; Nombre, apellido y DNI de la residente que recibe la visita y de la persona que visita a el/la residente, la Declaración Jurada suscripta por la visita.
  • Una vez finalizada la visita, se desinfectará el vidrio, acrílico o plástico por ambos
    lados, las mesas, los asientos y picaportes. Esta limpieza la realizará el personal
    utilizando guantes de látex que serán descartados luego de cada limpieza.

Las recomendaciones del COVID

Responsabilidades de las visitas

  • El visitante ingresará al establecimiento con barbijo (no tapaboca), se le realizará
    control de temperatura, desinfección del calzado e higiene de manos (lavado de
    manos o uso de alcohol en gel)
  • Las visitas serán programadas con anticipación: (actualización Julio 2021)
    1. Se permitirá la visita de hasta 2 (dos) familiares a la vez, siempre que el espacio designado para tal fin sea lo suficientemente amplio para ello.
    2. Residente y visitante con esquema de vacunación completo para COVID-19: Las visitas podrán realizarse sin necesidad de contar con un vidrio, acrílico o plástico transparente que los separe. El encuentro podrá durar hasta 40 minutos.
    3. El visitante deberá concurrir con el carnet de vacunación (original o copia), el cual debe ser exhibido ante el personal de la Residencia Geriátrica cuando se le solicite.
    4. Residente y/o visitante sin esquema de vacunación completo para COVID-19: La visita deberá realizarse con todas las medidas correspondientes . El encuentro podrá durar hasta 30 minutos y se mantienen las barreras de protección.
    5. Se deben mantener las medidas de prevención individuales.
  • Las visitas se deberán espaciar por un lapso de 30 minutos a los fines de realizar una desinfección de amplio espectro del lugar.
  • Los visitantes deberán firmar una Declaración Jurada previo al ingreso en la cual
    conste que no tienen, ni han tenido síntomas compatibles con COVID-19, ni han
    sido contacto estrecho con casos confirmados en los últimos 14 días. En dicha DDJJ
    se deberá registrar la temperatura corporal al momento del ingreso.
  • La persona residente deberá estar de acuerdo con la visita siempre que pueda
    manifestarlo.
  • La supervisión de las medidas de bioseguridad durante la visita deberá realizarse en pleno respeto al derecho a la intimidad y honor del residente y su visita en un todo conforme con la normativa vigente.


Actividades en las Residencias

  • Es importante continuar y retomar (en los casos en que hayan sido suspendidas), todas aquellas actividades físicas, recreativas y terapéuticas, con profesionales que prestan servicios en la institución.
  • Las actividades deberán ser individuales, a residentes que no presenten síntomas, no se encuentren en aislamiento, respetando una distancia de 2 metros, usando barbijo (no tapaboca) y el EPP según corresponda.

Asimismo, se destaca la importancia de sostener los videos llamados como vía alternativa a las visitas presenciales, no siendo esta flexibilización restrictiva de lo anterior.

Salidas de los Residentes (nuevo-actualizado Jul 2021)

Las salidas de los residentes deben realizarse cumpliendo las siguientes indicaciones:

  • Residente y acompañante con esquema de vacunación completo para COVID-19: Las salidas podrán realizarse al aire libre y/o a espacios cerrados ventilados.
  • El familiar deberá concurrir con el carnet de vacunación (original o copia), el cual debe ser exhibido ante el personal de la Residencia Geriátrica cuando se le solicite.
  • Residente y/o acompañante sin esquema de vacunación completo para COVID-19: Las salidas sólo podrán realizarse a espacios abiertos, con medidas de prevención. Debe tenerse identificada la burbuja a la que pertenece el residente.
  • Se deben mantener las medidas de prevención individuales.
  • Los residentes y acompañantes podrán realizar las salidas luego de transcurridos 21 días posteriores a la vacunación.
  • La Residencia Geriátrica deberá llevar un registro de salidas. (LIBRO FOLIADO), donde conste: Fecha y hora en la que se realiza la salida; Nombre, apellido y DNI del residente que saldrá y de la/s persona/s que acompañará al residente.
  • Serán consideradas salidas de control y/o tratamiento médico-odontológico aquellas que no superen las 6 hs entre la salida y el regreso a la residencia (salida en el día), y no se consideran REINGRESOS.
  • Los acompañantes no deben tener evidencia de alguna enfermedad aguda.
  • Durante todo el período de salida el residente y su acompañante deberán hacer uso de barbijo quirúrgico, mantener el distanciamiento recomendado. Se recomienda frecuente higiene de manos con alcohol (en gel o al 70%), al inicio, durante y al finalizar la misma.
  • En residencias geriátricas con casos sospechosos y/o confirmados de COVID-19, en residentes y/o personal, deberá suspenderse la salida recreativa o reprogramarse el turno en salidas de control médico, hasta que la autoridad sanitaria de por finalizado el brote de la institución o investigación de casos, para no asumir riesgos de diseminación viral fuera de la institución.
  • Aclarada la situación epidemiológica de la institución, luego de estudiado el brote, se retomarán las salidas de los integrantes de las “burbujas de residentes” que no fueron afectados.

Dependiendo de la situación sanitaria y epidemiológica (variantes de cepa, emergencia sanitaria, entre otras), las salidas recreativas pueden ser suspendidas, hasta tanto se disponga lo contrario.


Visitas de pacientes en etapa terminal de la vida o postrados

  • En el caso que el adulto mayor no pueda ser trasladado a un espacio destinado para visitas, por su condición física o por encontrarse en una etapa terminal de la vida, el responsable médico de la institución o quien lleve adelante el control clínico del adulto mayor, dejará debida constancia en la Historia clínica a los fines de poder otorgar una excepción para que el visitante ingrese a la residencia más allá del espacio destinado a tal fin.
  • Estas visitas deberán ser coordinadas con los responsables de la institución a los
    fines de poder acompañar las mismas. En todos los casos deberán guardarse las
    medidas de bioseguridad recomendadas en el marco de la pandemia. Esto incluye
    distanciamiento social, uso correcto de EPP, higiene de manos, etc.
  • Si la institución ha presentado casos confirmados de covid- 19 en los últimos 14 días o el residente es considerado un contacto estrecho, las medidas de seguridad y protección deberán responder a lo referido a manejo de persona con diagnóstico de COVID -19 ( barbijo quirúrgico, máscara facial, camisolín y guantes) .
  • La visita deberá realizarse en una sala/Habitación donde permanece el adulto
    mayor, el visitante y el trabajador que acompañará la visita.

Responsabilidad de la unidad ejecutora del registro y regulación de establecimientos geriátricos

  • La Unidad Ejecutora del Registro y Regulación de Establecimientos Geriátricos en su carácter de autoridad sanitaria, supervisará las condiciones del lugar de visitas asignado en cada institución, a los fines de verificar que cumplan las pautas indicadas en el presente protocolo.
    (actualización Julio 2021)
    En caso de que la Institución no cumpla con los requisitos, la autoridad sanitaria realizará consejería para que se puedan adecuar las instalaciones de la misma. Estas observaciones, deberán dejarse por escrito en libro de inspecciones a los fines de que una vez adecuado el espacio la Institución pueda solicitar nuevamente el permiso correspondiente.
  • En caso de que la Institución no cumpla con los requisitos, la autoridad sanitaria realizará consejería para que se puedan adecuar las instalaciones de la misma. Estas observaciones, deberán dejarse por escrito en el libro de inspecciones a los fines de que una vez adecuado el espacio la Institución pueda solicitar nuevamente el permiso correspondiente.
  • La autorización se otorgará en forma expresa y escrita, previa evaluación del
    espacio destinado a las visitas y su adecuación a los Protocolos vigentes que se
    realice en forma presencial en la residencia por el personal destinado a tal fin.
  • La Unidad Ejecutora del Registro y Regulación de Establecimientos Geriátricos en su carácter de autoridad sanitaria, podrá dejar sin efecto la autorización otorgada en caso de verificarse incumplimiento al protocolo o por existencia de un nuevo caso sospechoso o positivo COVID-19
  • En caso que por alguno de los motivos ut-supra expuestos se dejara sin efecto la
    autorización para permitir visitas, una vez subsanado el incumplimiento o
    culminado el brote que diera lugar a la suspensión, la Institución podrá pedir una
    nueva autorización.

En caso de que la Institución no cumpla con los requisitos, la autoridad sanitaria realizará consejería para que se puedan adecuar las instalaciones de la misma. Estas observaciones, deberán dejarse por escrito en libro de inspecciones a los fines de que una vez adecuado el espacio la Institución pueda solicitar nuevamente el permiso correspondiente.

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